martes, 23 de agosto de 2022

ESTAFAS EN NOTARIAS PUBLICAS--VENTA DE TRASFERENCIA DE DERECHOS DE POSESION---

950.26 m2 de terrenos del Estado en las regiones de Lima, Ica y Piura

Los predios recientemente recuperados en la región Lima se encuentran ubicados, dos de ellos, en el distrito de Villa María del Triunfo los cuales suman en conjunto más de mil m2. En el distrito de Lurín se recuperó un predio de aproximadamente 900 m2 y en el distrito de Santa Rosa otro predio de casi 10 mil m2.

 Ocho detenidos por usurpación de terrenos en Huancayo | Sociedad | La  República

La provincia de Huaura fue otra de las localidades donde se recuperó el terreno del Estado más extenso de este grupo de terrenos recuperados. El predio tiene una extensión aproximada que supera el millón trescientos mil de m2.

En los lugares se encontraron módulos precarios de calamina y cercos perimétricos a base de palos y alambre de púas, los mismos que fueron retirados del lugar de manera pacífica. En todas las intervenciones realizadas se contó con el apoyo de la Policía Nacional del Perú.

Otros predios recuperados

De igual forma, en la región Piura se recuperó un predio de 10 mil m2, mientras que en la región Ica se recuperaron dos terrenos del Estado los cuales suman más de 97 mil m2.

Cabe destacar que, las recuperaciones extrajudiciales se realizan en aplicación de los artículos 65° y 66° de la Ley 30230, los cuales señalan que el Estado puede ejecutar acciones legales inmediatas para cautelar el patrimonio nacional, con la finalidad de repeler todo tipo de invasiones y ocupaciones ilegales en los predios de propiedad del Estado.

Asimismo, es importante señalar que de acuerdo con el Código Penal vigente, los delitos por usurpación y tráfico ilícito de terrenos estatales son sancionados con 5 a 12 años de pena privativa de la libertad.

 Exalcalde y abogados detenidos por presunto tráfico de terrenos en Huancayo  | RPP Noticias

 Abogados y ex alcaldes detenidos por usurpacion de terrenos.....

sábado, 20 de agosto de 2022

NUEVO PASAMAYITO---UNE COMAS CON SAN JUAN DE LURIGANCHO-----------

 

Pasamayito: ¿cuándo se entrega y cuánto dinero se invierte en esta carretera que unirá Comas con SJL?

La vía Pasamayito permitirá que la población se movilice en solo 30 minutos de Comas a SJL, y viceversa. A pesar de algunos inconvenientes en la ejecución, ya se tiene una fecha de entrega. ¿Desde cuándo estará habilitada? Conoce todos los detalles en esta nota.

Nueva vía Pasamayito: usuarios no pagarán peaje por transitar por esta ruta. Foto: MML
Nueva vía Pasamayito: usuarios no pagarán peaje por transitar por esta ruta. Foto: MML
Sociedad LR

Con información de Jessica Merino / URPI-LR

La vía Pasamayito permitirá que la población se movilice en solo 30 minutos de Comas a San Juan de Lurigancho, y viceversa. Sin duda, es un proyecto que solucionará, en alguna medida, el tráfico en zonas importantes de la ciudad.

Esta carretera, ejecutada por la Empresa Municipal Administradora de Peaje (Emape) a cargo de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML), tendrá una extensión de 9 kilómetros, desde la calle Julio César Tello (Comas) hasta la avenida Miguel Grau (San Juan de Lurigancho).

Además, incluirá carriles de ida y vuelta de 3,3 metros de ancho, 35.847 m² de veredas de concreto, 5.783 m³ de muros de contención, 2.780 m² de áreas verdes, paraderos, entre otros. ¿Cuándo se inaugurará y cómo avanza la construcción de la nueva vía Pasamayito? Conoce en esta nota de La República todos los aspectos importantes.

¿Cuál es el avance de la nueva vía Pasamayito?

Hasta el 5 de julio de 2022, la nueva vía Pasamayito tenía un desarrollo del 62,98%, cifra que estaba por debajo de lo programado (78,69%) para esa fecha, según informó la Contraloría General de la República.

sábado, 6 de agosto de 2022

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GUARDAESPALDAS DE FAMOSOS

 

Conozca el guardaespaldas de Cristiano Ronaldo en el Mundial

Cristiano Ronaldo es una de las estrellas del Mundial de Rusia 2018
Cristiano Ronaldo es una de las estrellas del Mundial de Rusia 2018 | sport

Nuno da Cruz Marecos es el guardaespaldas que acompaña a Cristiano Ronaldo en el Mundial de Rusia

Este guardaespaldas ya estuvo con Cristiano Ronaldo en la final de Champions, según informan diversos medios portugueses

Nuno da Cruz Marecos es el guardaespaldas que acompañará a Cristiano Ronaldo durante su estancia en Rusia mientras dure su participación en el Mundial 2018. Después de estar con él en la pasada final de la Champions League 2017 / 2018, ahora Nuno da Cruz Marecos ha sido escogido para acompañarle también en la selección portuguesa.

Según informan diversos medios informativos portugueses, Nuno da Cruz Marecos ha sido elegido por Cristiano Ronaldo por su perfil. En este sentido se informa que el guardaespaldas de Cristiano Ronaldo es un exparacaidista y antiguo luchador de MMA. "Mi experiencia en las fuerzas portuguesas especiales me dio conocimientos en varias áreas", explica en su perfil de Linkedin.

"Él sabe que nadie se le acercará si tiene a Nuno a su lado. Nuno estuvo con él en Kiev y volverá a hacerlo en el Mundial", ha comentado una fuente cercana a Cristiano Ronaldo. En este sentido, también se apunta que Nuno colaborará con Gonçalo Salgado, también luchador de MMA, por la seguridad de Cristiano Ronaldo.

Nuno es el guardaespaldas de Cristiano Ronaldo | INSTAGRAM

Cristiano Ronaldo es una de las estrellas del Mundial de Rusia 2018 y no hay día en que los fans quieren acercarse a él para fotografiarse o pedirle un autógrafo.

miércoles, 6 de julio de 2022

OFRECIMIENTO DE PAGOS----SAN JUAN DE MIRAFLORES---A SCOTIABANK----

 


EXPEDIENTE: 00791-2014

                                                     

                                                     ESPECIALISTA   : CCARHUAZ DIAZ PABL0

                                                     ESCRITO: 02-2014

                                SUMILLA: Recurso Apelación contra auto

 

SEÑOR JUEZ DEL PRIMER  JUZGADO DE PAZ LETRADO  CIVIL.

 

PILAR YBONI ANDUEZA CALDERON en el proceso de ofrecimiento de pago seguido contra Banco Scotiabank; a Ud., respetuosamente, digo:

 

Pretensión impugnatoria.

Interpongo Recurso de apelación sin efecto suspensivo en contra de la Resolución Nro. Uno de fecha 15 de Agosto de 2014m que declara Improcedente mi demanda de Ofrecimiento de Pago, con la finalidad de que el superior en grado después de un examen proceda a declarar fundado mi Recurso de Apelación y disponga la Admisión de mi escrito  de demanda.

 

Errores de hecho y de derecho.

Se incurre en error en el quinto considerando de la resolución uno por cuanto  dice:tampoco se advierte que el deudor haya ofrecido al acreedor el pago de lo adeudado, lo cual no es cierto, toda vez, que he probado con documento remitido por medio de la Notaria Publica Landi, que si he ofrecido pagar al demandado, oportunamente.  Inclusive le adjunte la invitación a una Conciliación Extrajudicial en el Centro de Conciliación Hans Kensel, situación que no se ha tomado en cuenta incurriéndose en error.

 

Las prestaciones como se aprecian en medios probatorios son s/.950.00 (novecientos cincuenta nuevos soles mensuales que he pagado mientras pude hacerlo, sin embargo, de acuerdo a mis actuales posibilidades he ofrecido pagar s/.100.00 /cien nuevos soles mensuales), amparándome en el artículo No 1252 del Código Civil, que señala: “Es judicial en los casos que así se hubiera pactado y además : Cuando por causa que no le sea imputable el deudor estuviera impedido de cumplir la prestación de la manera prevista.

 

Mi padre vivía y me ayudaba a pagar el préstamo puntualmente con la venta de lubricantes que él hacia mensualmente a sus clientes, pero enfermo de cáncer y luego de gastos enormes igual murió, quedándome yo con la deuda y empecé a trabajar como niñera, razón por la que hoy me veo impedida de pagar s/.961.96 (novecientos sesenta y uno y 00/96) soles  mensuales como quiere mi acreedor.

 

Fundamentos del recurso.

El fundamento del presente recurso se sustenta en que conforme a lo dispuesto en el artículo 354,365 del CPC que señala:

"Procede apelación contra los autos".

"El que interpone apelación debe fundamentarla, indicando el error de hecho o de derecho incurrido en la resolución, precisando la naturaleza del agravio y sustentando su pretensión impugnatoria".

 

Naturaleza del agravio.

La juez esta mintiendo en su Resolución Numero Uno, en el Quinto considerando y no toma en cuenta el artículo No 1262 del Código Civil y  me perjudica, toda vez que yo deseo pagar mi deuda de acuerdo a mis posibilidades y declara Improcedente mi demanda.

 

Medios probatorios del Recurso:

 

1.- Carta Notarial a Banco Scotiabank de fecha 14 de Julio 2014, en la que dice a la letra: "solicito conciliar con Uds. en materia de Ofrecimiento de Pagos.

2.- Invitación a conciliar en materia de ofrecimiento de pago, Centro de Conciliación Extrajudicial Hans Kensel.

3.- Ficha de Pagos Refinanciados que consigna que la cuota mensual es de s/.961.96.00 (novecientos sesenta y uno y oo/100 nuevos soles.

4.- Propuesta de Cronograma de Pagos que yo efectué a Scotiabank

 

POR LO EXPUESTO:

A UD. pido conceder el presente recurso de apelación.       

San Juan de Miraflores    de Octubre de 2014

 

COMO COBRAR DEUDA DE DEVENGADOS-LIQUIDACION DE DEVENGADOS......

 

                          EXP. N°  2612-2006

                                  SEC. : DRA. ANHUAMAN VILLAFRANCO

ESC. N° 01

PROPUESTA DE LIQUIDACIÓN DE PENSIONES DEVENGADAS Y OTRO.

 

SEÑOR JUEZ DEL NOVENO JUZGADO DE PAZ LETRADO

 

Juana Martinez Rengifo, en el proceso seguido contra Jimmy Alexander Ruiz Vásquez, sobre alimentos; a usted digo:


Que mediante el presente cumplo con alcanzar a su despacho la Propuesta de Liquidación de Pensiones Devengadas, correspondientes a los meses de enero de  2015 a marzo de  2017.

 

Que la pensión de Alimentos de acuerdo a la Sentencia Judicial Emitida por su despacho es de S/200.00 (Doscientos  Y00/100 NUEVOS SOLES) Mensuales con la que debe acudir el demandado para mi menor hija.

 

Es preciso indicar que el demandado desde inicios del años dos mil quince no ha realizado ningún depósito, por lo que se encuentra adeudando a la fecha 27  meses de pensiones de Alimentos de enero de  2016 a marzo de  2017 la misma que detallo a continuación:


         200.00 x 27 = 5,400.00 Son Cinco mil cuatrocientos  y 00/100 Nuevos Soles.

 

Por lo que solicito a vuestro despacho, ordene a quien corresponda notificar al demandado con la liquidación dentro del plazo de Ley, a fin de que cumpla con cancelar el monto antes mencionado.

 

PRIMER OTROSI DIGO.- Que, por convenir a mi derecho VARIO MI DOMICILIO PROCESAL al ubicado en Jirón Zepita N° 389 – Oficina 304; asimismo, señalo como casilla electrónica la N°   54615148 ,  en donde solcito de me hagan llegar todas las resolución es que expida su despacho. Y autorizo al letrado que firma el presente para que me represente en el presente proceso.

 

 

POR LO EXPUESTO: A usted señor Juez, se sirva proveer el presente escrito, por encontrarse conforme a ley y justicia

 

Trujillo, 27 de abril del 2017